En un principio, se planteo la figura del auxiliar asesor como una extensión de las atribuciones del auxiliar externo regulado en la Ley de Mediación, al que se autorizaba a asesorar y prestar asistencia al cliente final. Sin embargo, las diferencias sobre su formación y la especificación detallada de sus funciones, llevará a que finalmente coexistan en el mercado las dos figuras, con distintas atribuciones y exigencias de formación.
Fuente: Carta del mediador